El pasado martes 26 de Octubre de 2021, tras muchos meses de negociaciones, se aprobó en el consejo de los ministros la nueva Ley de Vivienda (Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre) que tanto ha dado que hablar durante los últimos meses teniendo tanto detractores como defensores.
Pero es posible que entre tanto vaivén no tengas muy claro qué dice exactamente esta nueva ley, así que en este blog vamos a contarte de forma fácil las principales novedades que incluye esta ley, que se basan principalmente en favorecer la vivienda pública y social, y las medidas para favorecer el acceso a viviendas de alquiler a los colectivos más jóvenes.
Alquiler público en las nuevas promociones de viviendas
Las promociones nuevas deberán contar con, al menos, un 30% de las viviendas destinadas al alquiler público, del cual la mitad será de carácter social, es decir, el 15% del total de viviendas del edificio.
Ventajas fiscales a los propietarios que mejoren las condiciones de alquiler
Se otorgarán bonificaciones de hasta el 90% de los beneficios netos de alquiler en el IRPF para animar a los pequeños propietarios (los que tienen menos de 10 viviendas en propiedad, o menos de 1500m2 construidos) si cumplen alguna de estas condiciones:
- Bajar el precio del alquiler de sus inmuebles un mínimo de un 5%: 50% de bonificación
- Alquilar a jóvenes de entre 18 y 35 años: 70% de bonificación
- Alquilar una vivienda por primera vez a jóvenes de entre 18 y 35 años: 70% de bonificación
- Aplicar estas medidas en una “zona tensionada” (más adelante te explicamos que es): 90% de bonificación.
También se premiará con beneficios urbanísticos y/o fiscales a los propietarios privados que destinen una vivienda al alquiler a precio reducido en tal de favorecer a personas cuyos ingresos no les permitan alquilar una vivienda a precio de mercado.
El objetivo de esta medida, junto a la vivienda social protegida, es la de incrementar la oferta de alquiler asequible a corto plazo
En contraparte también se van a aplicar desincentivos fiscales a aquellos propietarios que posean viviendas vacías:
- Aquellos propietarios con más de 4 viviendas en un mismo municipio y tengan alguna vacía más de dos años podrían ver como el recibo de la contribución se encarece hasta un 150%. Estas subidas dependerán en gran medida del municipio y la comunidad autónoma en que se encuentren los inmuebles.
- Los grandes propietarios que tengan más de 10 viviendas en propiedad (sin incluir garajes y trasteros) o más de 1.500m2 construidos
Declaración de barrios o municipios como «zona tensionada» para evitar que se disparen los precios de alquiler en dichas zonas.
Esta declaración dependerá del estado y de la comunidad autónoma donde se encuentre la zona en cuestión.
Para calificar una zona como “tensa” esta deberá tener unos precios de alquiler que superen el 30% de los ingresos medios de los habitantes de dicha zona y esta declaración tendrá una duración mínima de 3 años prorrogables anualmente.
Una vez se haya calificado como “tensa” se establecerán índices al precio de alquiler que los grandes propietarios (los que tengan más de 10 viviendas en propiedad sin incluir garajes y trasteros o más de 1.500m2 construidos) deberán respetar y adaptarse a él, y también los pequeños propietarios que quieran beneficiarse de las ventajas fiscales que hemos nombrado anteriormente.
Los inquilinos que se encuentren dentro de una “zona tensionada” podrán solicitar la prolongación del contrato de alquiler con las mismas condiciones subiendo solo el IPC mientras dure la declaración de zona tensa. Aunque también se contempla un aumento máximo del 10% del precio de alquiler si se realizan mejoras en el inmueble o se hace un contrato de larga duración.
Creación de un fondo social de vivienda destinado al alquiler
Esta viene a ser más una medida de declaración de intenciones para que las próximas construcciones en un futuro tengan más carácter de Protección Oficial y una parte considerable de ellas pueda destinarse al alquiler social, ya que desde 2015 solo se han construido 5.500 viviendas de protección oficial destinándose al alquiler social menos de 1.000
Limitaciones a la venta de vivienda pública
Para evitar casos en los que fondos de vivienda compraron grandes cantidades de vivienda pública durante los pasados años, esta pasará a ser patrimonio estatal con un periodo mínimo de descalificación de 30 años pudiendo venderse solo en situaciones muy concretas.
Bonos de vivienda para jóvenes
Tendrán un valor de 250€ mensuales destinados al alquiler de vivienda para ayudar a emanciparse a jóvenes de entre 18 y 35 años con ingresos anuales menores a 23.725€. Estará limitado por el precio de alquiler a pisos con una renta de 600€, y estará disponible a partir de Enero de 2022 durante los siguientes 2 años.
Creación de vivienda asequible intencionada
Para incrementar la oferta a corto plazo, junto con las viviendas de protección social, los propietarios tanto privados como del tercer sector que destinen una vivienda al alquiler podrán obtener diversas bonificaciones de carácter urbanístico, fiscal, u otras clases
Regulación de desahucios
Se promoverá una mejora de comunicación entre jueces y servicios sociales a la vez que se facilitará que estos den una respuesta habitacional a los hogares vulnerables. Además se amplía de uno a dos meses el plazo de lanzamiento de los desahucios, y de 3 a 4 meses si el propietario fuera una empresa.
Fuente:
Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. Boletín Oficial del Estado, núm 257, de 27 de octubre de 2021, pp. 130274-130296. https://www.boe.es/boe/dias/2021/10/27/pdfs/BOE-A-2021-17456.pdf
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